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Edición del 12 / 08 / 2026
               
12/08/2026 10:11 hs

¿Cómo será el “DNI” de las mascotas en Villa María? Así funcionará el registro

Villa María - 12/08/2026 10:11 hs
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Radio Villa María dialogó con el concejal José Cativelli sobre la nueva ordenanza de protección y tenencia responsable de animales, que crea un Registro Municipal para perros, gatos y caballos. ESCUCHÁ LA NOTA
Jose Cativelli- Concejal
La nueva ordenanza de protección y tenencia responsable de animales de Villa María generó repercusión a nivel nacional, especialmente por la creación de un Registro Municipal de Animales que permitirá identificar y contar con información sanitaria de perros, gatos y caballos de la ciudad.

El concejal del oficialismo José Cativelli, uno de los dirigentes que participó del tratamiento de la normativa, explicó en diálogo con Radio Villa María cuáles serán los principales alcances de la nueva regulación y aclaró cómo funcionará el denominado “DNI” de las mascotas.

¿Cómo será el “DNI” de las mascotas?

Cativelli explicó que el registro será obligatorio para perros, gatos y caballos, y que los animales deberán ser inscriptos a partir de los cuatro meses de edad. Para los animales adoptados o aquellos que ya sean adultos, el registro deberá realizarse una vez que sean incorporados a un hogar.

El concejal remarcó que el registro será gratuito y permitirá al municipio contar no solamente con los datos de identificación del animal, como nombre o raza,, sino también con información vinculada a su estado sanitario y al seguimiento de sus vacunas. Respecto de la forma concreta que tendrá la identificación, Cativelli aclaró que todavía no está definido si será un carnet físico, un sistema digital, un chip u otro mecanismo.

La ordenanza deja esa definición en manos del Departamento Ejecutivo Municipal, que deberá reglamentar el sistema. El plazo establecido para esa reglamentación es de 120 días. Mientras tanto, la normativa sí establece que los animales deberán circular con collar y chapita identificatoria, con los datos correspondientes de su responsable.

También se contemplan los animales comunitarios

Uno de los aspectos destacados por Cativelli fue la incorporación de la figura del animal comunitario. Se trata de aquellos perros o gatos que no tienen un único responsable, pero que reciben alimentación, cuidados y atención sanitaria por parte de uno o varios vecinos. Estos animales también podrán ser incorporados al sistema de registro, permitiendo al municipio contar con información sobre ellos.

La ordenanza también contempla a los animales que son rescatados de la calle y posteriormente adoptados. En esos casos, deberán ser registrados una vez que tengan un responsable.

Según explicó el concejal, el objetivo de la norma no se limita a identificar animales, sino que busca establecer un esquema integral de tenencia responsable, prevención sanitaria y protección animal. Entre las obligaciones de los responsables se encuentran mantener a los animales en buenas condiciones, garantizar su vacunación y desparasitación, evitar el abandono, recoger sus excrementos y adoptar medidas para que no generen riesgos o molestias para otras personas o animales.

En el caso de los perros, deberán circular por la vía pública con correa, collar y chapita identificatoria. Para los considerados potencialmente peligrosos también será obligatorio el uso de bozal, de acuerdo con la legislación provincial.

El Centro de Zoonosis tendrá nuevas funciones

La normativa crea el Centro de Zoonosis y Salud Animal, que reemplazará la denominación de Albergue Canino o Centro de Adopción Municipal. El organismo tendrá entre sus funciones la atención veterinaria de los animales alojados, campañas de vacunación antirrábica, desparasitación, castraciones, control de zoonosis, rescate de animales y promoción de adopciones.

La ordenanza establece además que las castraciones deberán promoverse de manera gratuita, masiva, sistemática y extendida a todos los barrios de la ciudad, con una referencia de esterilización temprana a partir de los seis meses.

Otro de los puntos establecidos es el procedimiento para los animales que muerdan o lesionen a una persona u otro animal.

En esos casos se establece una observación antirrábica de 10 días. Si el animal tiene responsable, el control podrá realizarse en el domicilio con las medidas de seguridad correspondientes. Si se trata de un animal sin responsable, será alojado en el Centro de Zoonosis.

La ordenanza también regula la actividad de los paseadores de perros. Quienes paseen animales de terceros deberán inscribirse en un registro municipal, ser mayores de edad y contar con un seguro de responsabilidad civil. Podrán llevar simultáneamente hasta ocho perros.

Además, deberán contar con la identificación correspondiente y verificar que los animales que pasean estén registrados y tengan al día su documentación sanitaria. Los criaderos y guarderías también deberán contar con habilitación municipal y asesoramiento de un médico veterinario matriculado. La venta de animales estará sujeta a requisitos sanitarios y de habilitación.

La normativa prohíbe el abandono y el maltrato animal, además de prácticas como peleas de perros y gallos, carreras de perros, corridas de toros y tiro a la paloma. También establece restricciones para la tracción a sangre dentro del radio urbano que determine la reglamentación, con excepciones para determinadas celebraciones tradicionales que cuenten con autorización municipal.

En caso de maltrato o crueldad, el municipio, junto con la autoridad policial, podrá disponer el retiro inmediato del animal para su evaluación veterinaria.

Multas de hasta 1.000 unidades

Las infracciones se dividen en leves, graves y muy graves. Las multas podrán alcanzar hasta 100 unidades de multa para las faltas leves, 500 para las graves y 1.000 para las muy graves. La unidad de multa equivale al precio de un litro de nafta súper en Villa María, tomando como referencia el valor informado por el Automóvil Club Argentino. Además de las multas, la normativa contempla apercibimientos, secuestro de animales, clausuras e inhabilitaciones.

En caso de reincidencia, las sanciones pueden agravarse. Una tercera transgresión puede derivar en la separación del animal de su responsable y en la inhabilitación para volver a tener animales en guarda.

Cativelli señaló que la normativa fue impulsada desde la Secretaría de Gobierno y que durante su tratamiento hubo aportes del Concejo Deliberante y del Departamento Ejecutivo.

Uno de los puntos que todavía resta definir es justamente el mecanismo concreto de identificación. La ordenanza establece el registro y el carnet identificatorio, pero permite que este último sea físico, digital o electrónico y deja en manos del Ejecutivo la definición del sistema.

De esta manera, el “DNI de las mascotas” todavía no tiene un formato definitivo. La Municipalidad tendrá hasta 120 días para reglamentar el funcionamiento del registro y establecer cómo se instrumentará la identificación de cada animal.

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